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Bases para el Octavo Concurso

I. Antecedentes
El Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo, que en adelante se denominará el Fondo, es una persona jurídica de derecho privado, con autonomía administrativa, económica y financiera, creada por el Decreto Legislativo Nº 892 modificado por la Ley Nº 27564 y Nº 28464 y reglamentada por el Decreto Supremo Nº 009-98-TR y sus modificatorias, que tiene como misión financiar proyectos destinados a:

Promover la realización de proyectos en el área de capacitación laboral que permitan mejorar los ingresos o promover el empleo de la población pobre;

Promover el empleo productivo de la población con desventajas en el mercado laboral, incluyendo jóvenes con problemas de inserción laboral, mujeres con bajos ingresos y discapacitados; y,

Fortalecer las capacidades de los trabajadores de las empresas y sectores que generan los remanentes aportados al Fondo.

Para seleccionar los proyectos que el Fondo va a financiar se convoca a concurso público, cuyas características se detallan en las presentes bases.

II. Objeto del concurso
Identificar, seleccionar y financiar los mejores proyectos de capacitación y promoción del empleo que empresas, instituciones o consorcios de instituciones y/o empresas presenten ante el Fondo, los mismos que se evaluarán en forma competitiva, transparente e imparcial.

Cada proyecto deberá ejecutarse en una sola región. Para el presente concurso se podrán presentar proyectos para las siguientes regiones: Ancash, Arequipa, Cajamarca, Cuzco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Loreto, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, Tacna, Tumbes y Ucayali.

Son elegibles para concursar todos los proyectos que vinculen claramente la capacitación a la promoción del empleo y que, por lo tanto, se orienten a generar un aumento en la productividad del trabajo y de las unidades económicas en las que este trabajo se realiza.

Los proyectos deben tener claramente especificados el tipo de capacitación que piensan realizar, los sectores económicos hacia los cuáles esta capacitación estará orientada y la forma en que se promoverá el empleo.

III. Participantes
Podrán participar en el presente concurso todas aquellas empresas e instituciones públicas o privadas que acrediten un mínimo de dos años de experiencia en la ejecución de proyectos similares a los propuestos para el presente concurso.

Las empresas e instituciones participantes deberán demostrar haber ejecutado proyectos, con recursos de terceros o como parte de sus actividades de responsabilidad social, con presupuestos similares a los solicitados al Fondo.

Las empresas y las instituciones podrán presentar un máximo de tres proyectos, ya sea que se presenten en forma individual o como consorcio.

No se podrán presentar proyectos que se encuentren en ejecución, ya sea con recursos del Fondo o de otras fuentes. Asimismo quedan excluidas aquellas instituciones cuyos proyectos financiados por el Fondo, en los tres últimos años, hayan sido objeto de conclusión anticipada por causas imputables a la institución ejecutora.

IV. Monto total del concurso

El monto total del concurso es de
Distribuido de la siguiente manera:

S/.81’000,000
 

Región Puno
Región Cajamarca
Región Arequipa
Región Ancash
Región Moquegua
Región Tacna
Región Pasco
Región Huancavelica
Región Ica
Región Junín
Región La Libertad
Región Cuzco
Región Piura
Región Ucayali
Región Loreto
Región Lambayeque
Región Tumbes
Región Huánuco

S/.12’000,000
 7’000,000
7’000,000
6’000,000
6’000,000
6’000,000
4’000,000
3’000,000
3’000,000
3’000,000
 3’000,000
3’000,000
 3’000,000
 3’000,000
 3’000,000
3’000,000
3’000,000
 3’000,000


V. Montos a financiar por proyecto
El monto mínimo que aportará el Fondo para financiar cada proyecto seleccionado es 500,000 nuevos soles y el monto máximo es 2’000,000 nuevos soles.

VI. Duración del financiamiento
El Fondo financiará proyectos por un tiempo mínimo de 2 años y máximo de 3 años. Esto no impide que el período de maduración de los proyectos sea mayor al del financiamiento proporcionado por Fondoempleo.

VII. Características del financiamiento
Los recursos que se soliciten para el financiamiento de actividades de capacitación y asistencia técnica, incluyendo equipos y materiales de capacitación, podrán ser aportados hasta en un 100% por Fondoempleo, bajo la modalidad de donación con cargo, bajo las siguientes restricciones:

Los gastos administrativos no podrán exceder el equivalente al 8% del financiamiento solicitado a FONDOEMPLEO.

Los recursos del Fondo solicitados como donación para el financiamiento de infraestructura y equipamiento individual para actividades productivas no podrá exceder a 2 UIT por beneficiario.

En caso de que el proyecto pretenda desarrollar actividades productivas a cargo de las instituciones ejecutoras o de organizaciones promovidas por estas, Fondoempleo podrá financiar hasta un 50% del capital necesario en calidad de préstamo siempre y cuando las instituciones ejecutoras aporten el 50% restante, ofrezcan garantías reales sobre el préstamo solicitado y un plan de negocios que sustente la inversión.

En caso de que el proyecto incluya la implementación de sistemas de crédito, bajo cualquier modalidad, Fondoempleo podrá financiar hasta el 100% del capital necesario en calidad de préstamo. Una vez aprobado el proyecto, se exigirá la presentación de un reglamento de otorgamiento de créditos. Además, en caso que al final de cada año o ejercicio (de acuerdo a las condiciones establecidas en el respectivo convenio) se observe dificultades en la colocación o recuperación de los créditos, se suspenderá la ejecución del proyecto hasta el levantamiento de las observaciones a satisfacción del Fondo.

Solo se aceptarán adquisiciones de activos fijos cuyo valor unitario sea menor a 4 UIT y que el total de adquisiciones en activos fijos para uso del proyecto no podra ser mayor a 4% del monto solicitado a Fondoempleo.

No se aceptarán como gastos del proyecto a las adquisiciones de terrenos e inmuebles de propiedad de la institución ejecutora, ni tampoco los gastos de obra, refacciones y mantenimiento asociados a éstos.

VIII. Etapas del concurso (ver más)

IX. Monitoreo y Evaluación de impacto
Se encargará a terceros bajo supervisión de la Secretaría Ejecutiva del Fondo, el monitoreo, perfeccionamiento de la línea de base y evaluación de impacto de los proyectos.

Las instituciones que participen en el monitoreo y la evaluación de impacto deberán acreditar amplia experiencia y reconocido prestigio. Corresponde a la Secretaría Ejecutiva del Fondo convocar a un concurso para seleccionar a las instituciones responsables del monitoreo, perfeccionamiento de la línea de base y evaluación de impacto del proyecto.

Fondoempleo asumirá los gastos que demande el monitoreo externo del proyecto, pero se cargará al presupuesto del proyecto los gastos ocasionados por el perfeccionamiento de la línea de base y la evaluación de impacto del proyecto para lo cuál deberá reservarse un monto equivalente al 4% del presupuesto solicitado. Asimismo, dicho presupuesto debe incluir un monto adecuado para que la institución ejecutora elabore la sistematización del proyecto.

Las instituciones ejecutoras de los proyectos financiados por el Fondo se comprometerán a brindar apoyo para la evaluación de impacto, hasta un año después de concluido el proyecto.

X. Causales de eliminación
Se eliminarán del concurso a las empresas, instituciones o consorcio de instituciones que incurran en cualquiera de las siguientes causales:

1. Presentación incompleta o inadecuada de la documentación requerida.
2. Presentar la documentación requerida fuera de los plazos establecidos en las presentes bases.
3. No reunir los requisitos de elegibilidad previstos en las bases.
4.

El perfil del proyecto presentado tenga, a juicio de los evaluadores, un impacto en la calidad y/o cantidad del empleo regular o bajo, poca viabilidad o un costo demasiado alto para el beneficio esperado.

5. El proyecto no sea consistente con el perfil presentado.
6. Si se comprueba que la información presentada no es veraz.
7. Si, en cualquier momento del presente proceso de selección, se disuelve o modifica el consorcio conformado para presentar el proyecto.
8. Sobrevaluar la contrapartida ofrecida.
9. Tener deudas con Fondoempleo.
10. No haber depositado el valor de las bases dentro del plazo establecido.

XI. Disposiciones Generales
 
1.

Las instituciones o empresas responsables de los proyectos calificados como ganadores del concurso adquieren el derecho a recibir los recursos que el Consejo Directivo del Fondo les asigne a la firma del convenio de donación respectivo. No se podrán cargar al proyecto gastos previos a la firma del convenio.

2.

El monto solicitado al Fondo en la versión detallada del proyecto no puede superar al monto solicitado en la presentación del perfil. En caso de discrepancia prima el monto menor.

3.

El Consejo Directivo del Fondo se reserva el derecho de asignar a las instituciones o empresas responsables de los proyectos calificados como ganadores del concurso un monto menor al solicitado.

4.

En caso de considerarlo necesario, el equipo técnico-administrativo del Fondo realizará una visita de reconocimiento a los lugares de ejecución del proyecto y/o a las instalaciones de las instituciones calificadas como ganadoras del concurso antes de la firma del convenio de donación respectivo.

5.

Los montos asignados a los proyectos serán entregados en nuevos soles y depositados trimestralmente en una cuenta corriente de uso exclusivo del proyecto, según el cronograma de desembolsos y otras condiciones previstas en el convenio de donación respectivo.

6.

Por los recursos que el Fondo asigne en calidad de donación, se deberá entregar una carta fianza equivalente al 50% del monto promedio de los desembolsos trimestrales, antes de que se efectúe el primer desembolso. La carta fianza deberá estar vigente hasta por tres meses adicionales a la fecha de término del proyecto. El costo de dicha carta fianza se podrá cargar al presupuesto del proyecto financiado con los recursos donados por el Fondo.

7.

En caso que por la naturaleza del proyecto, la Secretaría Ejecutiva del Fondo determine la conveniencia de realizar desembolsos mensuales, el Consejo Directivo, a solicitud de la institución ejecutora, podrá autorizar que la referida Carta Fianza sea presentada por el 50% del monto promedio de los desembolsos mensuales. Las instituciones del sector público que se encuentren impedidas de gestionar y/o entregar Carta Fianzas, no se encuentran obligadas a su presentación. Para hacer valer ello, deberán acreditar documentadamente tal impedimento ante la Secretaría Ejecutiva del Fondo.

8.

El Consejo Directivo del Fondo se reserva el derecho de suspender un proyecto en ejecución si sus rendiciones de cuentas son claramente insatisfactorias, si las actividades previstas no se realizan oportunamente con la calidad debida o si llega a la conclusión que las posibilidades de éxito del proyecto son mínimas.

9.

Para la firma del convenio de donación respectivo con los ganadores del concurso se deberán garantizar los montos de contrapartida ofrecidos y las fechas en que se realizarán los aportes.

10.

La persona propuesta como jefe de proyecto deberá residir en la zona de intervención. Su dedicación es a tiempo completo.

11.

El Consejo Directivo del Fondo se reserva el derecho a establecer condiciones especiales en la etapa de negociación de los convenios de donación con las instituciones responsables de los proyectos calificados como ganadores del concurso.

XII. Cronograma (ver más)
 

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