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Bases para el Octavo
Concurso Promover la realización de proyectos en el área de capacitación laboral que permitan mejorar los ingresos o promover el empleo de la población pobre; Promover el empleo productivo de la población con desventajas en el mercado laboral, incluyendo jóvenes con problemas de inserción laboral, mujeres con bajos ingresos y discapacitados; y, Fortalecer las capacidades de los trabajadores de las empresas y sectores que generan los remanentes aportados al Fondo. Para seleccionar los proyectos que el Fondo va a financiar se convoca a concurso público, cuyas características se detallan en las presentes bases. II. Objeto del concurso Identificar, seleccionar y financiar los mejores proyectos de capacitación y promoción del empleo que empresas, instituciones o consorcios de instituciones y/o empresas presenten ante el Fondo, los mismos que se evaluarán en forma competitiva, transparente e imparcial. Cada proyecto deberá ejecutarse en una sola región. Para el presente concurso se podrán presentar proyectos para las siguientes regiones: Ancash, Arequipa, Cajamarca, Cuzco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Loreto, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, Tacna, Tumbes y Ucayali. Son elegibles para concursar todos los proyectos que vinculen claramente la capacitación a la promoción del empleo y que, por lo tanto, se orienten a generar un aumento en la productividad del trabajo y de las unidades económicas en las que este trabajo se realiza. Los proyectos deben tener claramente especificados el tipo de capacitación que piensan realizar, los sectores económicos hacia los cuáles esta capacitación estará orientada y la forma en que se promoverá el empleo. III. Participantes Podrán participar en el presente concurso todas aquellas empresas e instituciones públicas o privadas que acrediten un mínimo de dos años de experiencia en la ejecución de proyectos similares a los propuestos para el presente concurso. Las empresas e instituciones participantes deberán demostrar haber ejecutado proyectos, con recursos de terceros o como parte de sus actividades de responsabilidad social, con presupuestos similares a los solicitados al Fondo. Las empresas y las instituciones podrán presentar un máximo de tres proyectos, ya sea que se presenten en forma individual o como consorcio. No se podrán presentar proyectos que se encuentren en ejecución, ya sea con recursos del Fondo o de otras fuentes. Asimismo quedan excluidas aquellas instituciones cuyos proyectos financiados por el Fondo, en los tres últimos años, hayan sido objeto de conclusión anticipada por causas imputables a la institución ejecutora. IV. Monto total del concurso
VI. Duración del
financiamiento
VII. Características del financiamiento Los gastos administrativos no podrán exceder el equivalente al 8% del financiamiento solicitado a FONDOEMPLEO. Los recursos del Fondo solicitados como donación para el financiamiento de infraestructura y equipamiento individual para actividades productivas no podrá exceder a 2 UIT por beneficiario. En caso de que el proyecto pretenda desarrollar actividades productivas a cargo de las instituciones ejecutoras o de organizaciones promovidas por estas, Fondoempleo podrá financiar hasta un 50% del capital necesario en calidad de préstamo siempre y cuando las instituciones ejecutoras aporten el 50% restante, ofrezcan garantías reales sobre el préstamo solicitado y un plan de negocios que sustente la inversión. En caso de que el proyecto incluya la implementación de sistemas de crédito, bajo cualquier modalidad, Fondoempleo podrá financiar hasta el 100% del capital necesario en calidad de préstamo. Una vez aprobado el proyecto, se exigirá la presentación de un reglamento de otorgamiento de créditos. Además, en caso que al final de cada año o ejercicio (de acuerdo a las condiciones establecidas en el respectivo convenio) se observe dificultades en la colocación o recuperación de los créditos, se suspenderá la ejecución del proyecto hasta el levantamiento de las observaciones a satisfacción del Fondo. Solo se aceptarán adquisiciones de activos fijos cuyo valor unitario sea menor a 4 UIT y que el total de adquisiciones en activos fijos para uso del proyecto no podra ser mayor a 4% del monto solicitado a Fondoempleo. No se aceptarán como gastos del proyecto a las adquisiciones de terrenos e inmuebles de propiedad de la institución ejecutora, ni tampoco los gastos de obra, refacciones y mantenimiento asociados a éstos.
VIII. Etapas del concurso
(ver más)
Las
instituciones que participen en el monitoreo y la evaluación de impacto
deberán acreditar amplia experiencia y reconocido prestigio. Corresponde a
la Secretaría Ejecutiva del Fondo convocar a un concurso para seleccionar
a las instituciones responsables del monitoreo, perfeccionamiento de la
línea de base y evaluación de impacto del proyecto.
Fondoempleo asumirá los gastos que demande el monitoreo externo del
proyecto, pero se cargará al presupuesto del proyecto los gastos
ocasionados por el perfeccionamiento de la línea de base y la evaluación
de impacto del proyecto para lo cuál deberá reservarse un monto
equivalente al 4% del presupuesto solicitado. Asimismo, dicho presupuesto
debe incluir un monto adecuado para que la institución ejecutora elabore
la sistematización del proyecto. Las
instituciones ejecutoras de los proyectos financiados por el Fondo se
comprometerán a brindar apoyo para la evaluación de impacto, hasta un año
después de concluido el proyecto. X. Causales de eliminación
XI.
Disposiciones Generales
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