
Ultima actualización
26/06/2007 |
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BASES PARA EL SEPTIMO
CONCURSO
I. Antecedentes
El Fondo Nacional
de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo, que en adelante se
denominará el Fondo, es una persona jurídica de derecho privado, con
autonomía administrativa, económica y financiera, creada por el Decreto
Legislativo Nº 892 modificado por la Ley Nº 27564 y Nº 28464 y
reglamentada por el Decreto Supremo Nº 009-98-TR y sus modificatorias, que
tiene como misión financiar proyectos destinados a la capacitación de los
trabajadores y a la promoción del empleo. Para seleccionar los proyectos que el Fondo va a financiar se convoca a concurso público, cuyas características se detallan en las presentes bases.
II. Objeto del concurso
Identificar, seleccionar y financiar los mejores proyectos de capacitación
y promoción del empleo que empresas, instituciones o consorcios de
instituciones y/o empresas presenten ante el Fondo, los mismos que se
evaluarán en forma competitiva, transparente e imparcial.
Cada
proyecto deberá ejecutarse en una sola región. Para el presente concurso
se podrán presentar proyectos para las siguientes regiones: Ancash,
Arequipa, Cajamarca, Cuzco, Huancavelica, Ica, Junín, La Libertad,
Moquegua, Pasco, Piura, Puno, Tacna y Ucayali.
Son
elegibles para concursar todos los proyectos que vinculen claramente la
capacitación a la promoción del empleo y que, por lo tanto, se orienten a
generar un aumento en la productividad del trabajo y de las unidades
económicas en las que este trabajo se realiza.
Los
proyectos deben tener claramente especificados el tipo de capacitación que
piensan realizar, los sectores económicos hacia los cuáles esta
capacitación estará orientada y la forma en que se promoverá el empleo.
III.
Participantes
Podrán
participar en el presente concurso todas aquellas empresas e instituciones
públicas o privadas que acrediten un mínimo de dos años de experiencia en
la ejecución de proyectos similares a los propuestos para el presente
concurso.
Las
empresas e instituciones participantes deberán demostrar haber ejecutado
proyectos, con recursos de terceros o como parte de sus actividades de
responsabilidad social, con presupuestos similares a los solicitados al
Fondo.
Las
empresas y las instituciones podrán presentar un máximo de tres proyectos,
ya sea que se presenten en forma individual o como consorcio. No se
podrán presentar proyectos que se encuentren en ejecución con recursos
del Fondo.
IV. Monto total del
concurso
El
monto total del concurso es de 72’000,000 de nuevos soles, de los cuáles
12’000,000 de nuevos soles serán asignados a la región Puno, 10’000,000 de
nuevos soles a la región Cajamarca, 7’000,000 de nuevos soles a la región
Ancash, 7’000,000 de nuevos soles a la región Arequipa, 6’000,000 de
nuevos soles a la región Moquegua, 6’000,000 de nuevos soles a la región
Tacna, 3’000,000 de nuevos soles a la región Cuzco, 3’000,000 de nuevos
soles a la región Huancavelica, 3’000,000 de nuevos soles a la región Ica,
3’000,000 de nuevos soles a la región Junín, 3’000,000 de nuevos soles a
la región La Libertad, 3’000,000 de nuevos soles a la región Pasco,
3’000,000 de nuevos soles a la región Piura y 3’000,000 de nuevos soles
a la región Ucayali.
V. Montos a
financiar por proyecto
El monto
mínimo a financiar por proyecto es de 500,000 nuevos soles y el monto
máximo es de 2’000,000 nuevos soles.
VI. Duración del
financiamiento
El Fondo
financiará proyectos por un tiempo mínimo de 2 años y máximo de 3 años.
Esto no impide que el período de maduración de los proyectos sea mayor al
del financiamiento proporcionado por Fondoempleo.
VII.
Características del financiamiento
Los
recursos que se soliciten para el financiamiento de actividades de
capacitación y asistencia técnica, incluyendo equipos y materiales de
capacitación podrán ser aportados hasta en un 100% por Fondoempleo, bajo
la modalidad de donación con cargo.
No
podrán solicitarse como donación recursos del Fondo para el financiamiento
de infraestructura para actividades productivas, mayores a 2 UIT por
beneficiario.
En caso
de que el proyecto pretenda desarrollar actividades productivas a cargo de
las instituciones ejecutoras, Fondoempleo podrá financiar hasta un 50% del
capital necesario en calidad de préstamo siempre y cuando las
instituciones ejecutoras aporten el 50% restante, ofrezcan garantías
reales sobre el préstamo solicitado y un plan de negocios que sustente la
inversión.
VIII. Etapas del concurso
(ver más)
IX.
Monitoreo y Evaluación de impacto
Se
encargará a terceros bajo supervisión de la Secretaría Ejecutiva del
Fondo, el monitoreo, perfeccionamiento de la línea de base y evaluación de
impacto de los proyectos.
Las instituciones que participen en el monitoreo y la evaluación de
impacto deberán acreditar amplia experiencia y reconocido prestigio.
Corresponde a la Secretaría Ejecutiva del Fondo convocar a un concurso
para seleccionar a las instituciones responsables del monitoreo,
perfeccionamiento de la línea de base y evaluación de impacto del
proyecto.
Fondoempleo asumirá los gastos que demande el monitoreo externo del
proyecto, pero se cargará al presupuesto del proyecto los gastos
ocasionados por el perfeccionamiento de la línea de base y la evaluación
de impacto del proyecto para lo cuál deberá reservarse un monto
equivalente al 4% del presupuesto solicitado.
X. Causales
de eliminación
Se eliminarán del
concurso a las empresas, instituciones o consorcio de instituciones que
incurran en cualquiera de las siguientes causales:
| 1. |
Presentación incompleta o
inadecuada de la documentación requerida.
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| 2. |
Presentar la documentación
requerida fuera de los plazos establecidos en las presentes bases.
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| 3. |
No reunir los requisitos de
elegibilidad previstos en las bases.
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| 4. |
El perfil del proyecto presentado
tenga, a juicio de los evaluadores, un impacto en la calidad y/o cantidad
del empleo regular o bajo, poca viabilidad o un costo demasiado alto para
el beneficio esperado.
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| 5. |
El proyecto no sea consistente con
el perfil presentado.
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| 6. |
Si se comprueba que la información
presentada no es veraz. |
| 7. |
Si el jefe de un proyecto finalista no expone ante el Jurado. |
| 8. |
Sobrevaluar la contrapartida ofrecida. |
| 9. |
Tener deudas con Fondoempleo. |
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10. |
No haber
depositado el valor de las bases dentro del plazo establecido. |
XI.
Disposiciones Generales
| 1. |
Las
instituciones o empresas responsables de los proyectos calificados como
ganadores del concurso adquieren el derecho a recibir los recursos que el
Consejo Directivo del Fondo les asigne a la firma del convenio de
donación respectivo. No se podrán cargar al proyecto gastos previos a la firma del convenio. |
| 2. |
El monto solicitado al Fondo en la
versión detallada del proyecto no puede superar al monto solicitado en la
presentación del perfil. En caso de discrepancia prima el monto menor.
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3.
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El Consejo Directivo del Fondo se
reserva el derecho de asignar a las instituciones o empresas responsables
de los proyectos calificados como ganadores del concurso un monto menor al
solicitado.
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4.
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En caso de considerarlo necesario,
el equipo técnico-administrativo del Fondo realizará una visita de
reconocimiento a los lugares de ejecución del proyecto y/o a las
instalaciones de las instituciones calificadas como ganadoras del concurso
antes de la firma del convenio de donación respectivo.
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| 5. |
Los montos asignados a los proyectos serán entregados en nuevos soles y depositados trimestralmente en una cuenta corriente de uso exclusivo del proyecto, según el cronograma de desembolsos y otras condiciones previstas en el convenio de donación respectivo.
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| 6. |
Por los recursos que el Fondo asigne
en calidad de donación, se deberá entregar una carta fianza equivalente
al 50% del monto promedio de los desembolsos trimestrales, antes de que se
efectúe el primer desembolso. La carta fianza deberá estar vigente hasta
por tres meses adicionales a la fecha de término del proyecto. El costo
de dicha carta fianza se podrá cargar al presupuesto del proyecto
financiado con los recursos donados por el Fondo.
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| 7. |
En caso que por la naturaleza del proyecto, la
Secretaría Ejecutiva del Fondo determine la conveniencia de realizar
desembolsos mensuales, el Consejo Directivo, a solicitud de la
institución ejecutora, podrá autorizar que la referida Carta Fianza
sea presentada por el 50% del monto promedio de los desembolsos
mensuales. Las instituciones del sector público que se encuentren
impedidas de gestionar y/o entregar Carta Fianzas, no se encuentran
obligadas a su presentación. Para hacer valer ello, deberán
acreditar documentadamente tal impedimento ante la Secretaría
Ejecutiva del Fondo.
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| 8. |
El Consejo Directivo del Fondo se
reserva el derecho de suspender un proyecto en ejecución si sus
rendiciones de cuentas son claramente insatisfactorias, si las actividades
previstas no se realizan oportunamente con la calidad debida o si llega a
la conclusión que las posibilidades de éxito del proyecto son mínimas.
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9. |
Para la firma del convenio de donación respectivo con los ganadores del concurso se deberán garantizar los montos de contrapartida ofrecidos y las fechas en que se realizarán los aportes.
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10. |
La persona propuesta como jefe de proyecto deberá residir en la zona de intervención. Su dedicación es a tiempo completo.
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11. |
Una
institución que esté ejecutando un proyecto con Fondoempleo, en forma individual o asociada, y presente al concurso un perfil de proyecto relacionado con el anterior, requiere que el proyecto en ejecuciòn tenga
más de un año de funcionamiento y que haya sido calificado como aprobado en sus dos
últimas evaluaciones de monitoreo. |
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12. |
El Consejo Directivo del Fondo se reserva el derecho a establecer condiciones especiales en la etapa de negociación de los convenios de donación con las instituciones responsables de los proyectos calificados como ganadores del concurso.
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XII. Cronograma (ver más)
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